El riesgo tributario: cada vez más presente en la vida de las empresas

El complicance tributario, que gira en torno al riesgo tributario, no solo se enfoca en el análisis de eventos que puedan acarrear la comisión de delitos fiscales y la responsabilidad penal de la persona jurídica, sino que cada vez más, su análisis se expande a otros eventos que podrían tener graves consecuencias en la vida de la empresa.

Evidentemente, para hablar de riesgo tributario, es preciso primero identificarlo, analizarlo y medirlo, precisamente para poder determinar el tratamiento y las acciones dirigidas a controlarlo (nótese que se controla un riesgo mientras sea eficiente hacerlo).

De manera incipiente o no, las medidas que las empresas toman (o pueden tomar) para controlar su riesgo tributario, oscilan entre las siguientes:

1. La revisión periódica de las obligaciones formales.

    • Elaboración de reportes sobre el cumplimiento de las obligaciones formales de la empresa, lo que incluye la presentación de declaraciones determinativas mensuales y/o anuales, o declaraciones informáticas a los que se encuentra obligado el contribuyente. Ello también incluye la revisión de la debida presentación de los libros y registros contables a los que el contribuyente se encuentra obligado.
    • Elaboración de un reporte respecto a los requerimientos de fiscalización, y/o cartas notificadas por la SUNAT de manera periódica, sobre todo cuando el buzón electrónico de la SUNAT es manejado externamente o por una sola persona. Se han visto casos dónde el encargado de contabilidad no respondió diversos requerimientos de una fiscalización, y el contribuyente solo pudo reaccionar cuando los valores ya fueron emitidos por SUNAT.
    • Hacer un muestreo sobre la utilización de medios de pagos en las operaciones. Y en el caso de pagos efectuados a un sujeto distinto del proveedor (según indicación de este), del cumplimiento de la formalidad en el envío de la comunicación a la SUNAT.

En algunas empresas, dependiendo del riesgo que están dispuestas a soportar (o no), prefieren que un tercero gestione sus obligaciones formales, o incuso determine el cumplimiento correcto de sus obligaciones tributarias.

2. Revisiones como corridas de saldos y de montos declarados en búsqueda de errores en la determinación.

Este aspecto se refiere a la revisión de aspectos determinativos de los impuestos en años pasados.

Se han visto casos dónde la nueva área de contabilidad de una empresa ha detectado errores de gestiones pasadas como omitir completamente el arrastre de las pérdidas tributarias.

3. La revisión de las operaciones más significativas de la empresa.

En toda empresa existen operaciones especiales que puede que sean frecuentes (o no), y que por su naturaleza pueden tener consecuencias tributarias significativas si no se tratan de manera adecuada (i.e. operaciones con sujetos no domiciliados, manejo/control de la documentación para probar la fehaciencia en las operaciones, operaciones con instrumentos financieros derivados, financiamientos, etcétera).

Por ejemplo, una empresa ha detectado reparos u observaciones frecuentes respecto a la fehaciencia de diversas operaciones importantes por no contar con documentación mínima que conducen al desconocimiento del gasto.

La empresa analiza las causas de su aparición, establece el número de operaciones fiscales en las que se da el incumplimiento, y determina su frecuencia e impacto. El riesgo de que este suceso se vuelva a repetir e impacte en la empresa es alto. Considera que es razonable contar con dicha información sustentatoria.

A partir de la medición de sus umbrales de riesgo, para el contribuyente supone un riesgo tributario que no puede tolerar y le es eficiente mitigarlo. Entonces, la empresa internamente decide tratar este riesgo, por ejemplo, a través de una guía de documentación mínima y razonable con la que contar el contribuyente dependiendo del tipo de gasto, capacitaciones, etcétera.

María Gracia Osores

El complicance tributario, que gira en torno al riesgo tributario, no solo se enfoca en el análisis de eventos que puedan acarrear la comisión de delitos fiscales y la responsabilidad penal de la persona jurídica, sino que cada vez más, su análisis se expande a otros eventos que podrían tener graves consecuencias en la vida de la empresa.

Evidentemente, para hablar de riesgo tributario, es preciso primero identificarlo, analizarlo y medirlo, precisamente para poder determinar el tratamiento y las acciones dirigidas a controlarlo (nótese que se controla un riesgo mientras sea eficiente hacerlo).

De manera incipiente o no, las medidas que las empresas toman (o pueden tomar) para controlar su riesgo tributario, oscilan entre las siguientes:

1. La revisión periódica de las obligaciones formales:

    • Elaboración de reportes sobre el cumplimiento de las obligaciones formales de la empresa, lo que incluye la presentación de declaraciones determinativas mensuales y/o anuales, o declaraciones informáticas a los que se encuentra obligado el contribuyente. Ello también incluye la revisión de la debida presentación de los libros y registros contables a los que el contribuyente se encuentra obligado.
    • Elaboración de un reporte respecto a los requerimientos de fiscalización, y/o cartas notificadas por la SUNAT de manera periódica, sobre todo cuando el buzón electrónico de la SUNAT es manejado externamente o por una sola persona. Se han visto casos dónde el encargado de contabilidad no respondió diversos requerimientos de una fiscalización, y el contribuyente solo pudo reaccionar cuando los valores ya fueron emitidos por SUNAT.
    • Hacer un muestreo sobre la utilización de medios de pagos en las operaciones. Y en el caso de pagos efectuados a un sujeto distinto del proveedor (según indicación de este), del cumplimiento de la formalidad en el envío de la comunicación a la SUNAT.

En algunas empresas, dependiendo del riesgo que están dispuestas a soportar (o no), prefieren que un tercero gestione sus obligaciones formales, o incuso determine el cumplimiento correcto de sus obligaciones tributarias.

2. Revisiones como corridas de saldos y de montos declarados en búsqueda de errores en la determinación. Este aspecto se refiere a la revisión de aspectos determinativos de los impuestos en años pasados.

Se han visto casos dónde la nueva área de contabilidad de una empresa ha detectado errores de gestiones pasadas como omitir completamente el arrastre de las pérdidas tributarias.

3. La revisión de las operaciones más significativas de la empresa. En toda empresa existen operaciones especiales que puede que sean frecuentes (o no), y que por su naturaleza pueden tener consecuencias tributarias significativas si no se tratan de manera adecuada (i.e. operaciones con sujetos no domiciliados, manejo/control de la documentación para probar la fehaciencia en las operaciones, operaciones con instrumentos financieros derivados, financiamientos, etcétera).

Por ejemplo, una empresa ha detectado reparos u observaciones frecuentes respecto a la fehaciencia de diversas operaciones importantes por no contar con documentación mínima que conducen al desconocimiento del gasto.

La empresa analiza las causas de su aparición, establece el número de operaciones fiscales en las que se da el incumplimiento, y determina su frecuencia e impacto. El riesgo de que este suceso se vuelva a repetir e impacte en la empresa es alto. Considera que es razonable contar con dicha información sustentatoria.

A partir de la medición de sus umbrales de riesgo, para el contribuyente supone un riesgo tributario que no puede tolerar y le es eficiente mitigarlo. Entonces, la empresa internamente decide tratar este riesgo, por ejemplo, a través de una guía de documentación mínima y razonable con la que contar el contribuyente dependiendo del tipo de gasto, capacitaciones, etcétera.

María Gracia Osores